El Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 2 de Logroño estima el recurso presentado frente a una multa de tráfico por conducir con el móvil en la mano sin hablar. Se basa la Sentencia en que “El verbo UTILIZAR significa aprovecharse de algo, lo que implica necesariamente, si nos estamos refiriendo a la utilización de dispositivos móviles, que éstos se usen, se aprovechen, es decir, que efectivamente se utilicen para la función que les es propia: comunicarse”.
Por ello considera que “Llevar el teléfono móvil en la mano no es una conducta típica pues no implica utilización ni mucho menos desatención a la conducción”.