Hace prácticamente un año, las Cortes de Aragón, pese a estar muy dividida por la controversia del asunto, aprobó la ley que suprime por completo la preferencia de la custodia compartida en Aragón en los supuestos de separación o divorcio sin acuerdo voluntario entre los padres. La reforma, que fue pactada entre el PSOE, la CHA, IU y Podemos, se resume en los siguientes términos:
El Gobierno de Aragón, aunque cree que a priori el régimen de custodia compartida es el más adecuado para el bienestar del menor, deja en manos del juez de turno la decisión de si otorgar este estatus a los padres en relación a sus hijos o de si darlo solo a uno de los progenitores, poniendo en valor la propuesta de relaciones familiares que deberá que ofrecer cada uno durante el juicio. Otro factor que tendrá que tener muy en cuenta será también la edad de los niños y su preferencia si superan los doce años. Asimismo, también será fundamental en la decisión final la conciliación en el trabajo y la dedicación de cada uno de ellos a sus hijos hasta la fecha del proceso.
Desde hace un año, por tanto, la mejor solución no pasa automáticamente por ser la custodia compartida preferente, sino buscar de esta forma en cada caso en particular un equilibrio formal de los derechos de igualdad de los progenitores, poniendo siempre el foco en la protección prioritaria de del menor sobre cualquier otro interés que puedan alegar cada uno de los padres. De esta manera, el beneficio de los hijos debe ser siempre el eje más importante sobre el que se derive la decisión final respecto a la clase de guarda y custodia a ordenar, por encima de los derechos e intereses de los progenitores.
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