Una de las cuestiones que más afecta al otorgamiento de la custodia compartida es la distancia entre las viviendas de los progenitores.

 

El criterio del Tribunal Supremo es que, en interés del menor, deben evitarse importantes desplazamientos, dictando en este sentido la STS 748/2016 de 21 de diciembre, en la que “considera que no procede otorgar la custodia compartida por afectar negativamente a la menor de edad la residencia de los progenitores en distintas poblaciones con una distancia de unos cincuenta kilómetros, lo que supondría que en semanas alternas la menor habría de recorrer esa considerable distancia para desplazarse al colegio”.

 

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