Accidentes, lesiones o diferentes enfermedades pueden causar impedimentos para el correcto y continuo desarrollo de la actividad laboral. Hoy, como advocats especialitzats en incapacitat permanent, vamos a explicar algunos de los detalles más importantes al respecto.

Entendemos como incapacidad permanente la situación en la que se encuentra un trabajador en la que después de sufrir una lesión o enfermedad, y, habiendo estado en tratamiento médico sigue presentando limitaciones que disminuyen o anulan sus capacidades para ejercer su actividad laboral.

Tipos de incapacidad permanente

La incapacidad permanente se define en diferentes tipos en función del grado de afectación de la lesión o enfermedad sobre el trabajador.

  • Incapacidad permanente parcial. Disminución no inferior al 33% del rendimiento en la profesión habitual, pero sin impedimento para llevar a cabo otras funciones básicas.
  • Incapacidad permanente total. Impedimento para llevar a cabo todas las tareas de su profesión habitual, pero que no impide que pueda desarrollar otros oficios o profesiones.
  • Incapacidad permanente absoluta. Imposibilita al trabajador a desarrollar las funciones de cualquier profesión u oficio.
  • Gran invalidez. Situación en la que el trabajador necesita de la asistencia de otra persona para sus cuidados básicos, tales como vestirse, comer, moverse…

Algunas enfermedades

Aunque realmente no existe una “lista oficial” de enfermedades, trastornos, lesiones…, que causan una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados de afección, sí que podemos nombrar algunas en las que han existido sentencias judiciales que las han considerado como incapacitantes, en diferentes estados o grados.

Párkinson, Alzheimer, enfermedad pulmonar, depresión, fibromialgia, trastorno bipolar, lumbalgia, obesidad mórbida, enfermedad de Crohn, arteriosclerosis, migraña, neuropatía, amputaciones, ceguera…

Imprescindible asistencia legal especializada

Lo que es importante tener en cuenta es que independientemente de si hablamos de aspectos físicos o psicológicos, existen unos requisitos, médicos y legales, que deben cumplirse para que se reconozca una incapacidad permanente en el grado que sea.

Desde Dorinda Aventín & Albert Panabera aconsejamos siempre contar con el asesoramiento y la asistencia de advocats especialitzats en incapacitat permanent. Tanto la complejidad del asunto como las particularidades de cada caso, precisan de la consulta y la representación de expertos.